domingo, 2 de diciembre de 2007

Reforma hacendaria no afectará prestaciones sociales: STPS

Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) dieron a conocer que las reformas a la Ley de Presupuesto aprobadas por el Congreso de la Unión no afectan las prestaciones sociales de los trabajadores de base o de confianza.
En un comunicado, señalaron que la reforma hacendaria acordada por el Poder Legislativo incorpora disposiciones para garantizar que los recursos de los contribuyentes se apliquen de forma transparente, eficiente y eficaz.
Por lo tanto, rechazaron la versión de que la adición de la fracción 12 al Artículo 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria afecte los derechos adquiridos por concepto de prestaciones de los servidores públicos de confianza.
Explicaron que este agregado tiene por objeto transparentar, poner orden y garantizar la equidad en las prestaciones que reciben los servidores públicos de mandos medios y superiores y el personal de enlace.
En este sentido, subrayaron, la nueva disposición de la Ley de Presupuesto no afecta de forma alguna al personal operativo, ya sea de base o de confianza, ya que ellos percibirán sus prestaciones conforme a lo establecido en las respectivas condiciones generales de trabajo o contratos colectivos.
Por lo tanto, destacaron, la entrada en vigor de esta disposición no implica de manera alguna que los servidores públicos de mandos medios y superiores y el personal de enlace pierdan las prestaciones que, hasta antes de la entrada en vigor de la misma, percibían con base en la ley.
La ley no puede aplicarse de manera retroactiva en perjuicio de los trabajadores y que, constitucional y legalmente, los servidores públicos cuentan con la protección de sus derechos.
La SHCP y la STPS destacaron que la Ley de Presupuesto prevé la forma en que se regulan las prestaciones que se otorgan a los servidores públicos de mandos medios y superiores y el personal de enlace, quienes se rigen por un esquema de prestaciones independiente de aquel aplicable al personal operativo.
Conforme a esa ley, expusieron, las referidas prestaciones se publican cada año en el Diario Oficial de la Federación.
En todo caso, expusieron, el Ejecutivo federal respetará los derechos laborales de los servidores públicos, por lo que no se afectarán de manera alguna las prestaciones que por ley les corresponden.
Asimismo, apuntaron, que en el caso de las prestaciones de carácter contractual, éstas se respetarán y se continuarán los procesos de revisión contractual conforme lo señala la ley.
En este sentido, aseguraron, las prestaciones contractuales están sujetas al acuerdo de voluntades por lo que no pueden tomarse medidas unilaterales para su determinación o modificación, en su caso.
Aseveraron que la disposición cuestionada se apega a la Constitución y a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que no afecta de forma alguna las prestaciones que están previstas por ley para los servidores públicos de mandos medios y superiores y personal de enlace.
Tampoco elimina por su sola entrada en vigor las prestaciones de carácter contractual que, en su caso, perciben.
Incluso, afirmaron, esta disposición se apega a lo dispuesto en el Artículo 184 de la Ley Federal del Trabajo que permite la exclusión de los trabajadores de confianza de las prestaciones que son otorgadas a los trabajadores de base en los contratos colectivos.
Aclararon que en el caso de las entidades paraestatales, los titulares de estas empresas deberán hacer las negociaciones contractuales con la representación sindical, a fin de establecer que las prestaciones de los trabajadores de base no se hagan extensivas al personal de confianza.
La nueva disposición de la Ley de Presupuesto ha sido aprobada en términos muy similares en los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007.

No hay comentarios.: